Un nuevo embate a la Libertad Sindical de los trabajadores del Subte
El Ministerio de Trabajo prohíbe a los bancos que realicen débitos de sus cuentas a favor de la AGTSyP
En el marco del conflicto que lleva adelante el sindicato de “Metrodelegados”, en el que, como veremos, existe un plan sistemático del gobierno para intentar doblegarlos, se suma ahora un esperpento jurídico de la burocracia estatal: en el curso de un día ingresó un expediente al Ministerio de Trabajo, fue resuelto por un funcionario ajeno al área respectiva, girado al Banco Central de la República Argentina y éste, en el mismo momento, emitió una Circular destinada a todos los bancos del sistema comunicando que “bajo ningún concepto” las entidades bancarias pueden autorizar débitos de las cuentas de sus clientes que estén destinados a asociaciones sindicales. Podría suponerse que, de ahora en más, el ministerio de trabajo, el mismo que niega por años la emisión de un certificado de autoridades, ha decidido cumplir su función en tiempo record. Pues no, es sólo una maniobra más de ataque a la AGTSyP.
En efecto, lo que puede leerse como una resolución genérica o indeterminada, tiene nombre y apellido. El trámite, según lo indica la “providencia” firmada por un empleado que de ahora en más no podrá sostener la mirada, es como consecuencia de una “consulta” efectuada por la empresa Metrovías. Dicha presentación es, no obstante, una pieza del teatro del absurdo. Al tiempo que consulta sobre los débitos de las entidades bancarias que “estarían” realizándose de la cuenta sueldo de los trabajadores en concepto de cuota sindical a favor de “una” entidad sindical, aclara que la empresa no toma intervención alguna en ello – como es obvio – y que la misma sólo retiene cuotas sindicales a través de los recibos de sueldo. ¿Para qué consulta entonces?
Prestamente el ministerio de trabajo responde la consulta y en tanto según el art. 38 de la Ley 23.551 la retención de la cuota sindical que debe hacer el empleador es sólo a favor de las entidades sindicales con personería gremial concluye que de ello se deriva que ningún banco pueda realizar débitos de las cuentas de sus clientes que estén destinados a cuotas de afiliación u otros aportes. Eso sí, se encarga de advertir que ello podría significar una “violación de los derechos salariales que son de carácter alimentario”.
El Banco Central, que no ha tenido conciencia al momento de hacer suyo este engendro, en mengua de su autonomía y augurando que ahora sí se viene la regulación en serio del sector bancario, en el acto comunica dicha prohibición a todos los bancos, respecto de cualquier cuenta y con destino a cualquier sindicato, con personería gremial o sin ella.
En un día, en franca contradicción con la libertad –no sólo sindical– el Estado argentino ha resuelto que uno puede hacer con su cuenta bancaria –que como se entiende es de su “propiedad”, como lo que hay en ella, por poco que sea– lo que quiera: pagar el abono al fútbol ya no para todos, hacer un aporte a la Cruz Roja, comprar por internet, hacer contribuciones de campaña a un partido político que no cuenta con representantes de empresa en sus filas, etc., salvo: pagar la cuota a su sindicato.
Más allá del disparate, lo que hay es una demostración más de la decisión estatal de arrasar con una experiencia sindical inédita, la que constituye un ejercicio permanente y eficaz de representación, en este caso de los trabajadores del Subte. Los errores o incluso malversaciones administrativas pueden entenderse, son práctica habitual, pero cuando se presentan como eslabones de una misma cadena, en cuyo extremo hay una conducción estratégica, y áreas diversas del gobierno, tanto nacional como de la ciudad, una empresa que acepta dócilmente instrucciones de aquella, y hasta el mismísimo Banco Central que debiera preocuparse más por las Lebacs, actúan en la misma dirección lo que expresa es una confabulación muy nítida y, con ello, el apartamiento absoluto del Estado de Derecho.
Desde que se inició el conflicto dicho aparato ha dispuesto: a) la suspensión de trabajadores que hacen huelga; b) el pedido de desafuero de decenas de representantes sindicales; c) la intervención de la policía de la ciudad reprimiendo en el lugar de trabajo; d) la detención de 16 trabajadores, incluido el Secretario Adjunto de la AGTSyP; e) la provocación por parte de la empresa de seguridad privada del Subte en el momento de una acción gremial y con ello la excusa para despedir a tres dirigentes del sindicato; f) la negativa del gobierno de la Ciudad a continuar la negociación paritaria que venía teniendo lugar, en sus mismas dependencias y ante sus propios funcionarios, una semana antes que comenzara el conflicto; g) la inspección del local sindical por parte del gobierno de la Ciudad, en vez de hacerlo en los talleres clandestinos en los que se explota trabajadores y todos conocen; h) la prohibición para que los afiliados al sindicato aporten su cuota mediante el débito de su cuenta bancaria, intentando con ello la asfixia económica del gremio; i) la imposición de una cuota del 1% de los salarios de los trabajadores afiliados a la AGTSyP a favor de otro sindicato; j) la resolución de un expediente del año 2013, resuelto también en dos días, por el que se pretende cuestionar la cantidad de delegados que corresponden a la AGTSyP.
Todo se explica por una decisión inconfesable, vinculada a la licitación actual del transporte del Subterráneo de la ciudad, que determina el vicio de ilegalidad de todo lo actuado por las distintas dependencias estatales y el vínculo de autoría y premeditación que remite a la legislación penal.
Hugo Yasky
Secretario General